Es importante saber todos los pasos a seguir cuando queremos hacer una
ICT, es decir, las
Infraestructuras
Comunes de
Telecomunicaciones.
Para la licencia de obra necesitamos tener el proyecto firmado por un
ingeniero de telecomunicaciones y visado por el Colegio de Ingenieros de
Telecomunicaciones.
Una vez finalizada la obra el instalador o empresa instaladora necesita
certificar la ICT mediante la entrega de la documentación en la sede
electrónica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública.
Con la certificación podremos conseguir la cédula de habitabilidad de las
viviendas.
Por último, la empresa instaladora deberá redactar un manual de usuario de
la instaación para ser entregado uno a cada propietario.
Pero veamos todo esto mucho mejor paso a paso.
Nota: Puede que te interese aprender todas las partes de una ICT, por lo que
te dejamos el siguiente enlace:
Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones.
Índice de Contenidos:
-
¿Qué es la Certificación de una ICT?
-
Documentos para la Certificación de una ICT
-
¿Qué pasos hay que seguir para la ICT?
-
¿Qué es y para qué sirve visar el Proyecto?
-
¿Qué es un Boletín de instalación de ICT?
-
¿Qué es un Protocolo de pruebas?
-
¿Qué es un certificado de fin de obra?
-
¿Qué es el Manual de Usuario?
-
Resúmen Trámites para una ICT?
Una certificación
es un documento que
garantiza que la instalación de ICT se ajusta al proyecto técnico y que se
ha realizado correctamente.
Este documento la proporciona el Ministerio para la Transformación Digital y
de la Función Pública después de enviarle telematicamente una documentación
que nos exige y
es requisito imprescindible para la obtención de la cédula
de habitabilidad o licencia de primera ocupación.
Luego veremos uno a uno explicado, pero ahora veamos los documentos
necesarios.
-
Boletín de Instalación
-
Protocolo de Pruebas
- Y si el edificio tiene más de 21 viviendas
un certificado de fin
de obra firmado por el director de la obra ICT (Ingeniero o
ingeniero técnico teleco).
Lo primero de todo es hacer
una consulta telemática
a los operadores de telecomunicación para saber los elementos que
van a poner o llegar realmente en el edificio o instalación.
Esta consulta se hace:
- Para que la instalación se adapte a la disponibilidad de redes de acceso y
servicios de telecomunicación que habrá en el lugar de construcción de la
edificación.
- Para seleccionar la ubicación más idónea para la arqueta de entrada de la
ICT.
- Para posibilitar que las infraestructuras de telecomunicación que deben
incorporarse a las edificaciones permitan que la oferta de servicios de
telecomunicación dirigida a los usuarios finales, en régimen de libre
competencia, sea lo más amplia posible.
El Reglamento ICT contempla un proceso de consulta e intercambio de
información que,
gestionado electrónicamente por la administración,
pone en contacto a los proyectistas de la ICT y a los operadores que
despliegan la red.
Algunos de los operadores que están adscritos a este intercambio son:
Euskaltel, S.A. (Euskaltel), Telefónica de España, S.A.U. (Telefónica), R
Cable y Telecomunicaciones Galicia, S.A. (R), Telecable de Asturias, S.A.U.
(Telecable), Cableuropa, S.A.U. (ONO), AOTEC (Asociación de operadores de
cable), Orange España Comunicaciones Fijas, S.L.U.
Teniendo en cuenta estos datos y las viviendas tipo del edificio del
proyecto arquitectónico, un ingeniero de telecomunicaciones redacta el
proyecto técnico de ejecución.
Una vez realizado el proyecto escrito,
debe presentarse en el
Colegio de Ingenieros de Telecomunicaciones para su visado.
Este proyecto se entrega al promotor o constructor de la obra.
Ahora es el momento, por parte del propietario o constructor, de
llevar el proyecto de ICT, previamente visado, al Ayuntamiento
correspondiente para la obtención de la licencia de obra.
Justo cuando van a dar comienzo las obras, el promotor debe encargar al
Director de Obra de la ICT, si existe, o en caso contrario a un Ingeniero de
Telecomunicación o Ingeniero Técnico de Telecomunicación, la redacción de un
acta de replanteo del proyecto técnico de ICT, que será
firmada entre aquél y el titular de la propiedad o su representación legal.
Nota: El Director de Obra o el firmante del Acta de Replanteo no tiene por
que ser el autor del proyecto de ICT.
En el acta de replanteo figurará
una declaración expresa de validez
del proyecto original o, si las circunstancias hubieren variado y
fuera necesario la actualización de éste, la forma en que se va a acometer
dicha actualización, bien como modificación del proyecto, si se trata de un
cambio sustancial, o bien como anexo al proyecto original si los cambios
fueran de menor entidad.
Puedes ver un modelo en la sede Electrónica ICT y también puedes ver un
modelo publicado por el colegio de ingenieros técnicos en el siguiente
enlace: Modelo de Acta de Replanteo para ICT.
El paso siguiente es
realizar la instalación, que correrá
a cargo de una empresa instaladora de telecomunicaciones
que esté inscrita en el Registro de Empresas instaladoras de
Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Esta empresa debe disponer además de la formación y todos los medios
necesarios para el desempeño de su actividad, instaladores
tipo A o
tipo F y seguro de responsabilidad civil.
Tras la instalación y finalizados los trabajos de ejecución
del proyecto técnico,
la empresa instaladora realizará y presentará
electrónicamente, a través de la sede electrónica de la Secretaría de
Estado, el Boletín de Instalación y el Protocolo de Pruebas
y el Certificado Fin de Obra expedido por el director de obra,
cuando exista.
Nota: si durante la obra hubiera alguna modificación del proyecto original
estas modificaciones deben de añadirse en un apartado nuevo del proyecto
llamado
Anexos o modificaciones del proyecto original pero
solo si hubiera habido cambios sustanciales en la obra
durante su ejecución.
Estos documentos se entregarán vía telemática en la sede Electrónica
ICT para conseguir la certificación de la ICT.
Esta certificación
se entregará al promotor para llevarla al
ayuntamiento y conseguir el certificado de habitabilidad.
Por último, la empresa instaladora debe presentar
un manual de
usuario así como unas recomendaciones para su uso y mantenimiento,
al promotor de la obra, que deberá entregar
uno por propietario.
Será el propietario el encargado de entregar esta información actualizada en
caso de venta o arrendamiento.
Aquí tienes el enlace:
sede Electrónica ICT
También puedes ver un modelo publicado por el colegio de ingenieros técnicos en el
siguiente enlace:
Modelo de Acta de Replanteo para ICT
El verificado (visado) de un documento en el COITT o COIT
acredita la
identidad del autor del proyecto, su titulación y colegiación y su
habilitación para el ejercicio de su actividad, comprobando que el
profesional está al corriente de sus obligaciones fiscales (Alta en el IAE y
en la Seguridad Social).
Asimismo, el visado comprueba la corrección e integridad formal de la
documentación del proyecto así como el cumplimiento de las normativas
aplicables.
Este proceso controla también el aspecto documental que exigen las
normativas.
Así,
los visados de los proyectos que firman los ingenieros de
telecomunicación en materia de ICT
ofrecen el valor añadido de que se
comprueban, se garantizan a los usuarios bajo seguro de responsabilidad y se
revisan íntegramente, para asegurar el cumplimiento de lo establecido en el
Reglamento de las Infraestructuras Comunes de Telecomunicación.
Esta revisión afecta tanto a la estructura y composición del proyecto como a
los contenidos del mismo incluyendo: carátula, índice, memoria, pliego de
condiciones técnicas, presupuesto, planos, estudio de seguridad y salud etc.
El visado
garantiza la calidad del proyecto técnico y la mayor eficiencia en
costes a los usuarios, por lo que protege el interés público ya que el
visado garantiza el cumplimiento de todas las condiciones citadas.
Por su parte,
el Colegio profesional asume la total responsabilidad en lo
que se refiere a la verificación de la identidad del autor del proyecto, su
titulación y colegiación, la corrección e integridad formal del trabajo, así
como el cumplimiento de la normativa vigente.
Asimismo,
afronta también la posible responsabilidad civil, tanto del
Colegio como del colegiado autor del proyecto.
El boletín de instalación es un documento que
debe cumplimentar la empresa
instaladora de telecomunicaciones una vez que
termina las instalaciones.
En este documento se indican datos de la propiedad, datos de la instalación,
datos del director de la obra (si existiera), etc.
Ver ejemplo:
https://www.aliteleco.es/wp-content/uploads/2015/08/Boletin-ICT2.pdf
El boletín y el protocolo de pruebas se presentan telemáticamente a través de
la sede electrónica de la Secretaría de Estado.
El protocolo de pruebas es un documento que debe aportar y realizar la
empresa instaladora de telecomunicaciones una
vez que termina las instalaciones.
En este documento se indican los resultados de las mediciones realizadas en
las distintas instalaciones ICT, los aparatos de medida que se han empleado,
datos relativos a la propiedad, etc.
Ver ejemplo:
https://www.aliteleco.es/wp-content/uploads/2015/08/Protocolo-de-pruebas-ICT2.pdf
En las
obras ICT de más de 21 viviendas es obligatoria la dirección de obra
por parte de un Ingeniero Técnico de Telecomunicación ó un Ingeniero de
Telecomunicación y en esos casos, para obtener la certificación de la
instalación se ha de presentar (además del boletín y protocolo de pruebas)
un certificado de fin de obra firmado por el director de la obra ICT.
Aunque solo es obligatorio para edificios de más de 20 viviendas, es
recomendable que se haga en todos los casos la dirección de obra y la
certificación de la instalación de ICT.
Ver ejemplo Certificado de Fin de Obra:
https://www.aliteleco.es/wp-content/uploads/2015/08/Certificado-ICT2-fase-%C3%BAnica.pdf
Es un documento donde se describen, de forma didáctica, las posibilidades y
funcionalidades que les ofrece la infraestructura de telecomunicaciones, así
como las recomendaciones en cuanto a uso y mantenimiento de la misma.
Cada propietario tendrá la obligación de transferir esta información,
convenientemente actualizada, en caso de venta o arrendamiento de la
propiedad.
La estructura e información que debe contener el manual de usuario está
recogido en el anexo VI de la Orden ICT.
Un resúmen de todos los pasos sería:
- Consulta telemática a los operadores de telecomunicaciones.
- Diseño, elaboración y verificación del proyecto de ICT en coordinación con
el arquitecto.
- Presentación del proyecto de ICT en el COIT para su visado.
- Entrega del proyecto de ICT en el Ayuntamiento correspondiente para la
obtención de la licencia de obra (por parte de la propiedad).
- Elaboración del acta de replanteo.
.- Ejecución de las instalaciones de telecomunicación (según proyecto
técnico) con dirección de obra facultativa y en coordinación con el
promotor, constructor, arquitecto, aparejador y otras empresas instaladoras
implicadas.
- Anexos o modificaciones del proyecto original en caso de cambios
sustanciales en la obra durante su ejecución (sólo si los hubiera).
- Boletín y Protocolo de mediciones. por parte de la Empresa Instaladora. y
envío a la sede electrónica para conseguir la certificación de la ICT. Si
necesita certificado de fin de obra también se enviará.
- Entrega de la certificación al promotor para llevarla al ayuntamiento y
conseguir la cédula de habitabilidad.
- Realización y entrega del Manual de Usuario a cada propietario (o
promotor).
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